@deportesavila / El Ministerio de Sanidad ha aprobado que las piscinas puedan abrirse en la fase 2 del plan de desescalada. Asimismo, ha elaborado un protocolo de preparación de estos recintos de cara a su apertura durante el verano. Por su parte, la Federación de Castilla y León de natación ha emitido determinadas recomendaciones para el reinicio de la actividad de los deportistas en el medio acuático.

Aforo y distancia de seguridad

El aforo máximo permitido será del 30% de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad de dos metros entre usuario y, en caso contrario, se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de seguridad, según la orden del Ministerio de Sanidad publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Limpieza y desinfección

La orden indica que previamente a la apertura se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como pueden ser vestuarios o baños. Se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como, vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios y que forme parte de la instalación.

Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquellos del tipo de producto 2, referidos en el anexo V del Reglamento (UE) n.º 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas.

También se podrán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

Medidas de higiene y prevención

La orden dice, sobre las medidas de higiene y prevención, que aquellas superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, deberán ser limpiados y desinfectados al menos tres veces al día.

La orden de Sanidad establece que tanto en piscinas como en playas el uso y limpieza de los aseos se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en el artículo 6.5 (reforzándose la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos, y con una ocupación máxima de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante).

Se deberá comprobar que, en todo momento, estén dotados de jabón y/o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, y no se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua.

También se recordará a los usuarios por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con la Covid-19.

En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad de dos metros establecido, evitando contacto con el resto de usuarios.

Playas

La orden regula la actividad en playas durante la fase 2 de plan de desescalada, donde el tránsito y la permanencia se realizará manteniendo una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los bañistas deberán hacer un uso responsable de la playa, tanto desde el punto de vista medioambiental como sanitario, cumpliendo para ello con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias. Se permite la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

Protocolo para la apertura de piscinas

El Protocolo del Ministerio de Sanidad destaca la inexistencia de pruebas que avalen que el coronavirus pueda transmitirse por el agua en este tipo de construcciones.

Acceso

Para poder acceder a la piscina se requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación, para lo que se organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación.

Toboganes, áreas deportivas y clases

Se precintarán las zonas deportivas y zonas de juego dentro de las instalaciones de las piscinas hasta la correspondiente fase de desescalada establecida para dichas zonas. Se considerará y adecuará una vuelta progresiva de los cursos y actividades acuáticas en función de las distintas fases de desescalada y siempre respetando las distancias de seguridad.

Ventilación de espacios cerrados

El protocolo de Sanidad hace hincapié en la importancia de una correcta ventilación de espacios como vestuarios, baños, botiquines y salas técnicas debido a que su ausencia puede facilitar la transmisión del coronavirus. Para ello, se recomienda abrir puertas y ventanas exteriores para aumentar la circulación del aire. En el caso de que se utilicen medios mecánicos, estos deben conservarse en buen estado, además de limpios y desinfectados.

Aforo y control de accesos

La propuesta como medida restrictiva de aforo es al menos doblar la superficie por persona en los espacios al aire libre y triplicarla en los espacios cubiertos. El socorrista o el personal que designe el gestor de la instalación será el responsable de supervisar el número de bañistas. Además, para la entrada a la piscina se propone dibujar o colocar bandas en el suelo de la recepción que marquen la distancia necesaria entre personas para acceder el mostrador y a la entrada. En el caso de que la barrera de acceso sean tornos, se recomienda tenerlos bajados o tocarlos con la ropa. También se recomienda utilizar una puerta de entrada y otra de salida.

Medidas generales para usuarios

Estos recintos tendrán que contar con elementos para la desinfección de manos a la entrada e incorporar un sistema de limpieza y desinfección de calzado, así como recomendar el uso de calzado exclusivo dentro de la instalación. Igualmente, deberá ponerse a disposición de los usuarios una bolsa de plástico para material desechable y se favorecerá el pago con tarjeta de crédito o a través de aplicaciones móviles.

Zonas comunes

Las piscinas deben contar con una distribución espacial de al menos dos metros entre los usuarios que estará señalizada en el suelo. Los objetos personales de los bañistas tendrán que permanecer dentro del perímetro de seguridad establecido. Será necesario limpiar y desinfectar las zonas de estancia y de tránsito de los bañistas al menos dos veces al día y también deberán aplicarse las medidas de higiene en el mobiliario. Asimismo, el documento deja abierta la posibilidad de prohibir el uso de tumbonas y alude a la obligatoriedad de reducir el aforo de los vestuarios. También deberán clausurase las duchas y las fuentes de agua y, en un primer momento, no se permitirá la realización de deportes colectivos y las reuniones de diez personas.

Reinicio de la natación

Por su parte, la Federación de Castilla y León de Natación ha elaborado un documento con recomendaciones para el reinicio de la actividad de los deportistas en el medio acuático.

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