@deportesavila / Como sucediera en los años 2011 y 2012, el Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ávila ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia del pasado viernes 21 de junio, la resolución de los clubes de la capital abulense a los que les ha concedido una subvención por participar en competiciones federadas de ámbito nacional en el año 2013 o que representen la máxima categoría de una disciplina deportiva en la ciudad de Ávila, pero sin especificar las cuantías que se conceden a cada uno, requisito que debe de cumplir según la vigente Ley General de Subvenciones.
Como decíamos en los dos años anteriores, la sucinta resolución insertada en el periódico oficial –firmada en esta ocasión por el presidente del Patronato Municipal de Deportes, Miguel Ángel Abad– no hace mención al importe otorgado a cada uno de los beneficiarios, que en esta ocasión son el Real Ávila C.F. S.A.D., Óbila Club de Basket, Polideportivo Casa Social Católica, C.D. Zona Norte, C.D. Eclipse, Club Cisne S.O.S, C.D. Vettonia Hockey, Club Tenis Ávila y C.D. Puente Romanillos.
De los citados beneficiarios repiten respecto al 2012, el Real Ávila, Óbila, Casa Social y C. Tenis Ávila, incorporándose el resto a la lista del presente ejercicio, para repartir entre todos la misma cuantía que el año pasado, 53.000 euros, 17.000 menos que la que se concedió en el 2011.
La reiteración por parte del Patronato Municipal de Deportes de no publicar el importe individualizado de las ayudas supone reincidir en el incumplimiento de la normativa que rige la publicidad acerca de las ayudas de las Administraciones públicas. El artículo 18 de la General de Subvenciones de 17 de noviembre exige a los órganos administrativos que las concedan, salvo que sean de cuantía inferior a 3.000 euros, que las hagan públicas “con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención”.
En el texto de la resolución, además de no especificarse la cuantía, tampoco se señala la fecha de la convocatoria ni el programa y crédito al que se imputan las ayudas. Es igualmente obligación de las entidades locales de más de 5.000 habitantes –como es el caso del Ayuntamiento de Ávila–, insertar en el diario oficial “un extracto de la resolución por la que se ordena la publicación, indicando los lugares donde se encuentra su contenido íntegro”.
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