@deportesavila / La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha recordado que durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, está limitada la libre circulación de personas, incluso para la realización de actividades recreativas y de ocio.

Por ello ha advertido que no se puede pescar en ninguna masa de agua pescable (aguas de acceso libre, cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas de pesca privada o aguas en régimen especial), recordando que el incumplimiento o la resistencia a las órdenes dadas por las autoridades o por sus agentes podrán ser objeto de sanción en los términos recogidos en el mismo y conforme a la normativa vigente.

Aquellos pescadores que hayan abonado permisos de pesca correspondientes a las fechas de vigencia de estado de alarma podrán solicitar la devolución de los importes en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

El modelo para pedir la devolución se puede obtener clicando aquí.

Mientras dure el período de confinamiento es la ocasión de realizar en casa varias tareas por parte de los pescadores, tal y como recoge La Nueva Crónica.

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