@deportesavila / La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha actualizado el contenido de algunos planes de pesca y ha declarado masas de agua pescables, con la finalidad de asegurar un aprovechamiento compatible con la conservación de las poblaciones pescables. También introduce cambios en la declaración de las aguas trucheras de Castilla y León.
El Boletín Oficial de Castilla y León publicó el pasado 31 de marzo dos órdenes que modifican la normativa vigente respecto a la práctica de la pesca. La primera afecta a la declaración de los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad y aprueba los correspondientes planes de pesca. Por medio de la segunda, se declaran las aguas trucheras de Castilla y León.
Los últimos estudios de las poblaciones acuáticas obtenidos a través de la Red de Seguimiento y Control de las poblaciones acuáticas de Castilla y León y de los hábitos del colectivo pescador y de otros factores sociales han aconsejado actualizar el contenido de algunos planes de pesca, realizando correcciones o modificaciones puntuales y, en otros, declarando masas de agua pescables bajo algunas de las figuras previstas en la Ley de Pesca de Castilla y León de 2013.
La finalidad de las modificaciones es asegurar un aprovechamiento compatible con la conservación de las poblaciones en las masas de aguas pescables, o bien declarando refugios de pesca en aquellas masas de agua donde la pesca debe estar prohibida con carácter permanente.
Respecto a la declaración de las aguas trucheras de la Comunidad, la Ley de Pesca de Castilla y León dispone la clasificación de las masas de agua en función de sus especies predominantes, de modo que tendrán la consideración de aguas trucheras, a los efectos de lo previsto tanto en ella como en las disposiciones que la desarrollen, las que así sean declaradas por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por ser la trucha común la especie pescable de mayor interés, o por su elevada potencialidad para albergar a dicha especie.
Sin embargo, resulta preciso actualizar la última Orden MAV/1842/2022, de 15 de diciembre de 2022, al haberse advertido que en determinadas masas de agua la presencia de la trucha común no es significativa y, en otros casos, la precisión de los límites trucheros del tramo fluvial no permite una fácil identificación sobre el terreno.
Cotos de pesca en Ávila
Los cotos de pesca en la provincia de Ávila se localizan en Hoyos del Espino (río Tormes), Guisando (Río Pelayo), Hoyocasero (río Alberche), Navalosa (río Alberche), Bohoyo (garganta de Bohoyo), San Lorenzo de Tormes (río Tormes), La Carrera (río Aravalle), Arenas de San Pedro (río Arenal), Navalperal de Tormes (río Tormes, laguna Grande de Gredos y garganta de Gredos), Umbrías (río Aravalle), Candeleda (garganta de Chilla), Zapardiel de la Ribera (Cinco Lagunas), Navalonguilla (garganta de los Caballeros), Los Llanos de Tormes (río Tormes), San Juan de Gredos (garganta de Barbellido y garganta de La Herguijuela).
Aguas trucheras
–Subcuenca del Adaja. El río Adaja, desde su nacimiento hasta su confluencia con el río Mayor y todas las aguas que afluyen a este tramo, incluido el citado río Mayor y sus afluentes
–Subcuenca del Tormes. El río Tormes desde su nacimiento hasta el puente de Puente de Congosto en la provincia de Salamanca y todas las aguas que afluyen a este tramo.
–Subcuenca del Alberche. El río Alberche, desde su nacimiento hasta la entrada en el embalse del Burguillo, y todas las aguas que afluyen a este tramo, además de todos los afluentes del río Alberche por su margen derecha hasta el límite con la provincia de Madrid. No se consideran trucheros el arroyo de las Tórtolas y la Garganta de la Yedra.
–Subcuenca del Tiétar. Todos los afluentes del río Tiétar que discurren por la provincia de Ávila. No se considera truchero el embalse del Castaño (término municipal de Casavieja).