El Boletín Oficial de Castilla y León de 20 de julio fija las fechas hábiles para cazar en las distintas provincias de la Comunidad, que en el caso de la provincia de Ávila abarca los días 15, 16, 18, 19, 21, 23, 25, 26, 28 y 30 de agosto y 1, 2, 4, 6, 8, 9, 11, 13, 15 y 16 de septiembre.
Los días hábiles serán los martes, jueves, sábados y domingos, de un total de 20 jornadas de caza máximas, que cada acotado podrá reducir en función de las previsiones en cuanto a la población de codorniz, de la que no se pueden cazar más de 35 piezas.
Las especies autorizadas para la caza menor son la codorniz, tórtola común, paloma torcaz, urraca, corneja y zorro. No están incluidas en esta relación la paloma zorita ni la común, dos especies muy abundantes en la provincia de Ávila, por lo que los cazadores abulenses se muestran contrariados por esta prohibición.
Para la tórtola común y la paloma torcaz el calendario se retrasa al 21 de agosto. La media veda marca el comienzo de la temporada menor, siendo una modalidad muy seguida entre los aficionados.