El nuevo modelo diseñado por el gobierno regional perjudica seriamente a los cazadores locales
Una cabra en la Reserva de Caza en Gredos |
P. Vizcay – Diario de León / La gestión de las reservas regionales de caza, todo un tesoro cinegético en Castilla y León, podría ser modificada en breve de acuerdo con un borrador recientemente publicado y que ha sido remitido a los componentes de las Juntas Consultivas de las Reservas para que en un plazo de diez días envíen sugerencias. El nuevo modelo de gestión no contempla los permisos que hasta la fecha se repartían entre los cazadores locales, vecinos de los municipios en cuyos términos están enclavadas las reservas.
Este hecho perjudicaría no sólo a los cazadores locales, muchos de los cuales mantenían su residencia o empadronamiento en estos pueblos de la montaña leonesa precisamente por mantener el derecho a cazar. Si este derecho se perdiese cabe suponer que se producirían bajas en los padrones de habitantes, y por consiguiente de los ingresos que conllevan, para unos Ayuntamientos cuyos censos ya de por sí han perdido gran parte de su población.
El documento remitido, denominado «Términos de referencia para el nuevo modelo de gestión de las reservas regionales de caza» presenta importantes novedades: la Junta de Castilla y León seguirá manteniendo la titularidad cinegética de las reservas comprometiéndose a asumir los gastos de personal de vigilancia y gestión (agentes medioambientales, celadores, técnicos…) así como la responsabilidad por los daños agrícolas o ganaderos y también los producidos en accidentes de tráfico con piezas de caza.
Desaparecen, sin embargo, las ayudas Z.I.P por imperativos presupuestarios en época de crisis. Esto, que ya de por si es un varapalo para los pueblos, es innegociable si bien podría retomarse en un futuro siempre y cuando concluya la actual crisis económica.
Con los ingresos obtenidos por la actividad cinegética (subastas de caza) se crearán una serie de instrumentos financieros como un fondo de mejoras dotado con el 15 % de los beneficios de los aprovechamientos cinegéticos de los montes de utilidad pública. Este fondo se destinará a los trabajos e intervenciones que contribuyan a la conservación, restauración y puesta en valor del monte. Se establecerá un Fondo de Gestión constituido por un mínimo del 15 % de los derechos cinegéticos del resto de los terrenos así como las cantidades por daños y perjuicios, indemnizaciones que se deriven de expedientes administrativos o judiciales firmes por infracciones a la Ley de Caza en las reservas. La Junta Consultiva, órgano asesor con capacidad para informar acerca de la distribución de permisos de caza contemplados en el Plan Anual se mantiene, y podrá ser complementada por una Junta Directiva o Junta de Gobierno solo si los propietarios se constituyen en Asociación. Cabe señalar que los propietarios de terrenos son mayoritariamente las Juntas Vecinales. Esta Asociación es aconsejable pero no obligatoria.
Los Planes de Caza serán elaborados por la Administración mediante su equipo técnico y consensuados por la asociación de propietarios si se constituyera. Todos los cupos o piezas de caza se entregarán a los propietarios para su adjudicación mediante subasta o cualquier otro mecanismo legal. La Junta podrá asesorar a los propietarios siempre que lo soliciten, especialmente en los cupos sobrantes o permisos difíciles de enajenar, o mediante paquetes turístico-cinegéticos. La posibilidad de conservar permisos para los cazadores locales (vecinos) corresponderá exclusivamente a los propietarios en función de los usos o costumbres locales, con la única obligación de ingresar el 15 % del importe reglamentario.
Es una situación similar a la de los aprovechamientos de leña o de pastos. Aquí los cazadores locales quedan a expensas de estas Juntas Vecinales que podrán optar por vender los cupos al mejor postor dejando a los modestos cazadores locales sin opciones. Actualmente tenían derecho a un porcentaje adjudicado mediante sorteo y a un precio más reducido. Por último se establece que dado que pertenecer a una reserva es una cuestión voluntaria, los propietarios podrán segregar sus terrenos, incluso constituir cotos privados pero siempre que no se dañe la homogeneidad territorial y el perímetro de la reserva. Del mismo modo los terrenos limítrofes podrán solicitar su agregación.
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