El Comité de Apelación de la Federación de Baloncesto de Castilla y León (FBCYL) ha fallado hoy en relación con el recurso presentado por el Óbila Club de Basket contra el acuerdo del Comité Territorial de Competición por el que se sancionaba al equipo cadete masculino de la Escuela Municipal/UCAV con una multa de 15 euros por infracción leve al no presentar la cancha de juego del CUM Carlos Sastre las dimensiones reglamentarias. Apelación estima íntegramente el recurso del club abulense, anulando y dejando sin efecto la sanción impuesta.
El fallo emitido en apelación fundamenta su decisión en que “la presunción iuris tantum de la que gozan los informes arbitrales ha quedado suficientemente desvirtuada a través de la prueba documental aportada por el recurrente”, estimando que “el campo en el que se disputó el encuentro… sí cumplía con la reglamentación exigida”.
El informe del árbitro del partido que motivó la sanción, señalaba que el campo no tenía las medidas reglamentarias, afirmación que rebatió el Óbila en su recurso con un certificado del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Ávila diciendo que se cumplían las medidas y el marcaje reglamentario. Para comprobar esta circuntancia, un técnico del Comité Territorial de Árbitros de la FBCYL se personó en el Centro de Usos Múltiples Carlos Sastre, “informando que la señalización de los campos se atiene a las medidas reglamentarias de la Federación”, que se exigen desde el mes de septiembre del presente año respecto a la línea de 6,75, la zona rectangular, el semicírculo de la zona y las marcas de saque de tiempos muertos.
El fallo del Comité de Apelación no es firme, ya que es susceptible de recurso ante el Comité Castellano-Leonés de Disciplina Deportiva en el plazo de quince días.